El portavoz de Ciudadanos en el Ayuntamiento de Málaga, Juan Cassá, ha acudido esta mañana a la sede de la Asociación Down Málaga para anunciarles la presentación de una moción a la próxima Comisión de Economía para recordar la obligación que tienen las instituciones de proveer plazas para personas con discapacidad intelectual en sus ofertas de empleo público. La iniciativa, que es continuación de otra ya presentada por Cs el año pasado, persigue, además, un compromiso expreso del Ayuntamiento para la contratación de personas con síndrome de Down en empresas y organismos municipales, más allá de que también puedan hacer prácticas. Al mismo tiempo, se persigue una adaptación de las pruebas (temarios, tiempos, lenguajes…) a la realidad de estas personas y al puesto para el que se concurre.

“Por Ley, las ofertas de empleo público tienen que reservar un cupo no inferior al 7% para personas con discapacidad y se marca un 2% para personas con discapacidad intelectual. Es importante, es una medida de justicia social. Es un modo de ofrecerles instrumentos de desarrollo personal y de realización, de autonomía”, ha argumentado Cassá, quien considera que el empleo público tiene que ser representativo de la sociedad. El edil ha explicado la necesidad de tener siempre presente ejemplos como el de Pablo Pineda, quien rompió todos los moldes al terminar sus estudios universitarios, hito ampliamente acrecentado con su trayectoria vital posterior.

El ejemplo de la privada y otras provincias

En este sentido, Cassá ha subrayado que hay empresas privadas que son un ejemplo en Málaga en estas acciones y que llevan una clara y convencida estrategia de responsabilidad social corporativa. En este sentido, el vicepresidente de Down Málaga, Enrique Rosell, ha mencionado los ejemplos de El Pimpi, el Hotel Don Curro, Carrefour, Decathlon y otra serie de empresas que hacen que en la capital malagueña haya algo menos de una treintena de personas con este síndrome con contratos laborales.

El portavoz de la formación naranja, Juan Cassá, ha presentado esta mañana en la sede de Down Málaga una moción que pide que se respete el cupo del 2% en las convocactorias de empleo público y se adapten las pruebas a la realidad de los aspirantes y el empleo

El presidente de Down Málaga, Francisco Muñoz, ha asegurado, por su parte, que hay otras administraciones como el Ayuntamiento de Granada que tienen a estas personas trabajando, así como parlamentos e instituciones de lugares como País Vasco, Valencia o Castilla La Mancha y que hace falta que este ejemplo cunda en Málaga. En este sentido, ha asegurado que ya se hacen prácticas en el Ayuntamiento, pero luego no tienen continuación laboral. Para mayor abundancia, ha añadido que no sólo hace falta nutrir las convocatorias de empleo público con los cupos fijados, sino que hay muchas posibilidades de contratación mediante otras vías, en empresas municipales por ejemplo.

Durante la rueda de prensa también ha intervenido Carmen Rivas, auxiliar administrativa de 26 años que ha explicado su experiencia realizando prácticas en Gestrisam y ha lamentado que éstas no pudieran tener continuidad laboral.

Base legal de la iniciativa

Los derechos laborales, entre otros, de las personas con discapacidad venían regulados en la Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que a su vez modificaba el estatuto básico del empleado público, obligando a reservar determinados cupos en las ofertas de empleo público para personas con discapacidad.

Francisco Muñoz, presidente de la Asociación, recuerda que otros consistorios como el de Granada tienen contratadas a personas con Down y que, en la provincia de Málaga, ninguna administración lo hace y recuerda que hay más maneras de acceder a un empleo público que por oposición dada la existencia de empresas

Con posterioridad, dicha disposición, en cuanto a la modificación que establecía en el estatuto básico del empleado público fue derogada por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que ya incorpora la modificación de 2011 y, en su artículo 59, sobre las Personas con discapacidad, establece que “en las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas, de modo que progresivamente se alcance el dos por ciento de los efectivos totales en cada Administración Pública.”. De igual modo, se estipula que “la reserva del mínimo del siete por ciento se realizara de manera que, al menos, el dos por ciento de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual, y el resto de las plazas ofertadas lo sea para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad.”

De igual forma, para garantizar la igualdad de oportunidades, aunque respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad que debe regir las contrataciones por parte de las administraciones públicas, se establece en el apartado 2 de este mismo artículo que “cada Administración Pública adoptará las medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de las personas con discapacidad.”